Este blog fué creado para difundir información sobre el Síndrome de Ehlers Danlos y para contarles mi propia experiencia como mamá de dos hijos con éste síndrome (desde el 2011 al día de hoy).
lunes, 31 de enero de 2011
DERECHOS DEL NIÑO ENFERMO
En 1986, se redacta la Carta Europea de los niños hospitalizados, enumerando los derechos especiales que tienen que tienen cuando por alguna causa deben ser internados.
En nuestro país, los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño sirvieron de inspiración para que la filial de Santa Fe de la Sociedad Argentina de Pediatría editara como póster la propuesta de los Derechos del Niño Hospitalizado, que a continuación se mencionan:
1. A la vida, sin ningún tipo de discriminación.
2. A recibir asistencia, cada vez que lo necesite, sin discriminación por cobertura social.
3. A no sufrir hospitalizaciones evitables o innecesariamente prolongadas.
4. A permanecer junto a su madre desde el momento del nacimiento.
5. A estar en compañía de alguno de sus padres durante la internación.
6. A ser amamantado por su madre sin restricciones.
7. A que se calme su dolor.
8. A que sus padres participen activa e informadamente en sus cuidados.
9. A ser considerado sujeto de derecho y ser humano íntegro en todos sus aspectos.
10. A recibir explicación de los cuidados que se le van a dar.
11. A recibir apoyo espiritual y religiosos de acuerdo a la práctica de su familia.
12. A mantener su escolaridad y disfrutar de recreación.
13. A no ser objeto de pruebas o ensayos clínicos sin consentimiento informado de sus padres.
14. A protección ante situaciones traumáticas evitables derivadas de prácticas administrativas u organizativas inadecuadas.
15. A recibir todos los cuidados y recursos terapéuticos disponibles que permitan su curación o rehabilitación.
16. A tener información sobre el pronóstico de su enfermedad.
17. A la muerte digna, en compañía de su familia.
18. A la confidencialidad de los datos recogidos verbalmente o registrados en su historia clínica.
19. A ser respetado por los medios masivos de comunicación.
20. A disfrutar de los derechos contenidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución de la Nación desde 1994.
"Alentamos a las organizaciones que bregan por el bienestar de nuestra niñez a profundizar el trabajo realizado, para que la letra y el espíritu de todos los instrumentos jurídicos disponibles en la actualidad se transformen en leyes, políticas y programas que permitan a los niños vivenciar, cotidianamente, el reconocimiento constitucional de ser sujetos de derechos." Dr.Jorge Fiorentino
Bibliografía recomendada:
1.Sociedad Argentina de Pediatría. Boletín Informativo N° 1, 1998.
2.Real MA: El Mercurio de la Salud. Año 2, N° 11, 1997.
3. Conveción sobre los Derechos del Niño. Ley 23.849, UNICEF Argentina.
4. Derechos del Niño Hospitalizado: http://home.coqui.net/titolugo/news.htm
FUENTE:
http://www.zonapediatrica.com/derechos-humanos/derechos-de-los-ninos-enfermos.html
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